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¿Es válido un contrato de alquiler firmado digitalmente?

2 de octubre de 2026 · 4 min de lectura · Equipo Burpi

¿Es válido un contrato de alquiler firmado digitalmente?

¿Es válido un contrato de alquiler firmado digitalmente? Firma digital vs. electrónica, qué evidencia lo respalda y cómo firmarlo a distancia.

¿Es válido un contrato de alquiler firmado digitalmente? En resumen

Sí. En Argentina, un contrato de alquiler firmado de forma electrónica es válido entre las partes y se puede hacer valer. El Código Civil y Comercial pide que la locación sea por escrito, y un documento electrónico cumple esa forma. La diferencia está en la prueba: si alguien niega haber firmado, hay que poder demostrar quién firmó, cuándo y cómo. Por eso lo importante no es "firmar en una pantalla", sino que la firma tenga evidencia detrás.

Firma digital y firma electrónica: no son lo mismo

La Ley 25.506 distingue dos tipos de firma:

  • Firma digital. Usa un certificado emitido por un certificador licenciado. La ley presume que la firmó el titular y que el documento no se modificó. Es la que se usa, por ejemplo, en trámites con el Estado.
  • Firma electrónica. Es cualquier otra forma de firmar en un medio electrónico: un trazo en la pantalla, una validación por código, una confirmación desde una cuenta. Es válida, pero si alguien la desconoce, quien la invoca tiene que probar que es auténtica.

En la vida diaria de los alquileres casi todo se firma con firma electrónica. Por eso la evidencia que acompaña a cada firma es lo que le da respaldo al contrato.

Qué evidencia hace fuerte a un contrato firmado a distancia

Un contrato firmado electrónicamente está bien respaldado cuando se puede demostrar:

  • Quién firmó: identidad validada con su documento, no solo un nombre escrito.
  • Cuándo firmó: fecha y hora de cada firma.
  • Qué firmó: que el documento no cambió después de la firma.
  • Cómo firmó: desde qué cuenta o link personal y con qué datos.

Un PDF con una imagen de la firma pegada no tiene nada de eso. Un contrato firmado en un lugar que guarda esa evidencia, sí.

Qué tiene que tener el contrato, además de la firma

Que se firme a distancia no cambia lo que tiene que decir. Revisá que tenga partes, inmueble, plazo, precio y moneda, cláusula de ajuste (índice y frecuencia), depósito, garantía, quién paga expensas y servicios, y qué pasa con la rescisión. Te dejamos la lista completa en cláusulas que tenés que revisar antes de firmar.

Ventajas de firmar el contrato de alquiler digital

  • Nadie se tiene que mover: cada parte firma desde su celular, aunque esté en otra ciudad o en otro país.
  • Varias partes, sin coordinar una reunión: co-propietarios y co-inquilinos firman cada uno cuando puede.
  • El contrato queda guardado y a mano para todos, sin depender de una carpeta o de un mail viejo.
  • Menos errores: los datos del contrato son los mismos que después se usan para cobrar y ajustar.

Cómo se firma un contrato de alquiler en Burpi

En Burpi armás el contrato, subís el tuyo en PDF o lo traés desde tu planilla. Cada parte firma desde su celular con su identidad validada (DNI de frente y dorso) y queda guardada la evidencia de cada firma. Si hay varias partes, cada una recibe su link personal.

Una vez firmado, el contrato queda cerrado: nadie lo puede modificar y todos lo pueden descargar cuando quieran. Desde ahí, los cobros, los ajustes y los recibos salen de ese mismo contrato.

Preguntas frecuentes

¿Es válido un contrato de alquiler firmado digitalmente?

Sí. El contrato de locación tiene que ser por escrito y un documento electrónico cumple esa forma. La Ley 25.506 reconoce la firma electrónica; si alguien la desconoce, hay que probar que es auténtica. Por eso conviene firmar en un lugar que guarde la evidencia de cada firma: identidad validada, fecha y hora.

¿Hace falta certificar las firmas ante escribano?

Para que el contrato de alquiler sea válido entre las partes, no. La certificación de firmas puede servir para reforzar la prueba o porque alguna de las partes la pide, pero no es un requisito para que el contrato valga.

¿Qué pasa si el inquilino dice que no firmó?

Con una firma electrónica, quien invoca el contrato tiene que probar que la firma es auténtica. Ahí es donde importa la evidencia: la identidad validada con el documento, la fecha y hora de la firma y que el contrato no se modificó después.

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